
La Asamblea Legislativa aprobó la noche del miércoles una nueva “Ley de Creación de la Dirección Nacional de Compras Públicas (DINAC)”, que centralizará las normativas y lineamientos para las compras públicas y podrá detener procesos de compras a distintas instituciones, a través de un delegado de Casa Presidencial (CAPRES).
Solo unos minutos después de aprobar una cuestionada Ley de Compras Públicas —que derogó la actual Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP)—, Nuevas Ideas pidió aprobar la Ley de Creación de la DINAC, con dispensa de trámites.
Así, con el nuevo régimen de contrataciones de la administración pública, nace la DINAC, una institución dirigida por un titular elegido por el Presidente de la República, que será autónomo en lo técnico, administrativo y presupuestario.
La DINAC reemplazará a la actual Unidad de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC), que hasta ahora respondía al Ministerio de Hacienda, y emitía los lineamientos para las compras en instituciones del Estado, incluyendo alcaldías.
Pero además se le otorgará más poder que a su antecesora: la DINAC podrá, además de emitir los lineamientos bajo los que se regirán las obras públicas, fiscalizar estos procesos, sancionar, y hasta detenerlos, si lo considera necesario; e incluso operará un Tribunal de Apelaciones de Compras Públicas (TACOP), para conocer y resolver recursos de apelación contra los actos administrativos de los procedimientos de contratación de las instituciones.
Principales puntos de la ley de la DINAC
La DINAC reemplazará a la UNAC, que hasta hoy respondía al ministerio de hacienda.
1- Autonomía presupuestaria
La ley de creación de la Dirección Nacional de Compras Públicas crea una nueva institución, la DINAC, para reemplazar la actual Unidad Nacional de Compras Públicas, una dependencia del Ministerio de Hacienda. Al ser elevada a autónoma, podrá contar con su propio presupuesto
2- Designado por Casa Presidencial
La DINAC tendrá un director y un subdirector nombrado directamente por el presidente de la República; a diferencia de la actual UNAC, que es nombrado por el Ministerio de Hacienda. Analistas creen que el Ejecutivo mantendrá así el control sobre la obra pública
3- Observador y sancionador
A diferencia de la actual UNAC, la DINAC no solo emitirá directrices y lineamientos para la realización de compras; si no que podrá operar como observador de estas compras y sancionador cuando lo estime conveniente. Incluso tendrá potestad de notificar a la Fiscalía General.
4- Crea registro de proveedores
Para participar en las compras públicas, los contratistas del Estado tendrán que inscribirse en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPES). CAPRES podrá requerir a los bancos información sobre los proveedores, y no queda claro cómo seguirá operando COMPRASAL
5- Crea nuevo tribunal de apelaciones
La nueva ley prevé la creación de un Tribunal de Compras Públicas, entidad compuesta por cuatro miembros, que podrá conocer los recursos de apelación interpuestos en cualquier procedimiento de contratación de cualquier institución. Los miembros son nombrados por el Ejecutivo.
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